El delito de alcoholemia

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Todo lo que necesitas saber sobre el delito de alcoholemia: sanciones y pérdida de puntos, juicio rápido, defensa jurídica…

¿Qué es el delito de alcoholemia?


El artículo 379.2 del Código Penal regula el delito de conducción bajo los efectos de bebidas alcohólicas. Este delito consiste en conducir un vehículo bajo la influencia del alcohol, es decir, con una tasa de alcohol en sangre superior a la permitida por la ley. Este delito es considerado como uno de los principales responsables de accidentes de tráfico y su gravedad radica en el riesgo que supone para la seguridad de todos los usuarios de la vía.

¿Estoy obligado a realizarme la prueba de alcoholemia?

No olvides que si un agente te para en un control de alcoholemia estás obligado a soplar y realizar la prueba. Se consciente de que si superas el límite de alcoholemia te enfrentas a la inmovilización del vehículo podrás recibir sanciones en el carnet por puntos que pueden significar la retirada del carnet de conducir, sanciones económicas e incluso penas de presión.

Si un conductor rechaza realizar el test de alcoholemia. Generalmente se considera una admisión de culpa y se le impondrá una sanción automática como la pérdida de la licencia de conducir.

Tasa de alcohol permitida en España

Para la mayoría de los conductores, el límite de alcoholemia en España está fijado a aire espirado superior a 0,25 mg/l o 0,5 g/l de alcohol en sangre. El mismo límite se aplica asimismo a los ciclistas.

Sin embargo, los límites bajan a 0,15 mg/l y 0,3 g/l en el caso de los conductores noveles y para los profesionales.

Conducir con una tasa alteración de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro está considerado un delito de alcoholemia. Las consecuencias de este acto pueden ser graves, incluyendo sanciones económicas, la retirada del carnet de conducir y posibles penas de cárcel.

Si un conductor da positivo en un control de alcoholemia se puede enfrentar a una sanción, por muy cerca que esté del límite legal. En los casos más extremos, conducir bajo los efectos del alcohol se considerará delito y puede acarrear incluso penas de prisión . Igualmente insistimos en que, más allá de superar o no el límite permitido, el alcohol puede afectar seriamente a la conducción.

¿Cuándo es delito de alcoholemia?

Para que la conducción bajo los efectos del alcohol se considere delito es necesario que se supere una tasa de 0,60 miligramos por litro o una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro en la prueba de alcoholemia.

El artículo 379 del Código Penal

El artículo 379 del Código Penal español establece las sanciones por delitos de alcoholemia. Conducir bajo los efectos del alcohol es una de las principales causas de accidentes de tráfico en España, y es considerado un delito muy grave que puede poner en peligro la vida de otros conductores y peatones.

Según este artículo, aquellos conductores que superen los límites de alcoholemia establecidos por la ley pueden enfrentar multas económicas, retirada del carné de conducir e incluso penas de prisión. En el

Centro Médico para Accidentes de Tráfico, nos tomamos muy en serio el peligro que representa la alcoholemia al volante, y queremos ayudarte a tomar las medidas necesarias para evitar este tipo de delitos y mantener la seguridad en la carretera.

Sanciones y pérdida de puntos por el delito de alcoholemia:

El artículo 383 del Código Penal español establece las penas por el delito de conducción bajo la influencia de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. Este delito se castiga con prisión de tres a seis meses o multa de seis a doce meses. Además de la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por un periodo de uno a cuatro años.

Si el delito se comete con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,60 miligramos por litro, las penas pueden ser agravadas. Este artículo tiene como objetivo proteger la seguridad vial y prevenir accidentes causados por la conducción bajo los efectos de sustancias que afectan la capacidad de atención, coordinación y reacción del conductor.

  • Entre 0,26 mg/l y 0,50 mg/l: sanción económica de 500 euros y cuatro puntos menos en el carnet. En caso de reincidencia, la multa se multiplica por dos y la sanción de es 1.000€.
  • Entre 0,50 mg/l y 0,60 mg/l: multa de 1.000 euros y la pérdida de seis puntos.
  • Más de 0,60 mg/l: ya es un delito penal. Según el capítulo IV del Código Penal, un conductor que supera la tasa de 0,6 se puede enfrentar a una pena de entre tres y seis meses de cárcel o una multa de 6 a 12 meses y un periodo de 31 a 90 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Esto no es todo, porque dar positivo por encima de 0,60 puede implicar la retirada del permiso de conducir entre uno y cuatro años.

Cuándo te citará el Juzgado por un juicio por el delito de alcoholemia

Si un juzgado penal te ha citado para la celebración de juicio rápido por alcoholemia significa que en un control preventivo o por consecuencia de un accidente de circulación. Al soplar por el etilómetro has superado la tasa de alcohol permitida. Posiblemente los agentes te hayan dado la citación con fecha y hora para el juicio, si no es así, te llegará por carta.

Si te niegas a soplar, también será delito, y la pena de prisión de seis meses que puede subir hasta 1 año.

La citación judicial por delito de alcoholemia:

La citación de juicio te puede llegar de varias formas.

  • La más corriente, es la carta certificada con acuse de recibo a tu domicilio.
  • También te la puede dar el agente en el mismo momento en el que te hacen el control o se produce el accidente.
  • Te pueden mandar un SMS a tu número de móvil desde el Juzgado.
  • Te pueden llamar por teléfono del juzgado.

¿Qué pasa si no me presento al juicio rápido por alcoholemia?

Pueden sancionarte con una multa de 200 a 5.000 €.

Si una vez citado por segunda vez, tampoco acudes ante el juez, se le podrá llevar ante el juez por la policía y se le acusará de un delito de obstrucción a la justicia.

En qué consiste el juicio rápido

Son juicios para penas que no pasen de 5 años de prisión.

Estos juicios tratan delitos cuya con pena que no pase de cinco años, o con cualquier otra pena (ej: privación del permiso de conducir vehículos, multa, aproximarse a la víctima) cuya duración no pase de diez años. Siempre que el procedimiento se inicie a través de un atestado policial y que se produzca una detención y en breve esa persona sea llevada al juzgado o que, aunque no se detenga a nadie, la policía entrega una citación para comparecer ante el Juzgado de guardia.

Además el delito que se cometa debe ser flagrante.

La sentencia de conformidad

Si no existe posibilidad alguna de defensa, tu abogado te lo hará saber.

Será entonces cuando tu abogado entre a negociar una reducción de la pena con el Fiscal.

Esto significa que se reconocen los hechos que se te imputan como ciertos y la ley nos permite acogernos a una rebaja de la condena.

Se conoce como una conformidad, te conformas con lo solicitado con el fiscal (previa negociación con tu abogado).

Mi trabajo depende del carnet de conducir

¿Debo aceptar una conformidad si mi trabajo depende del carnet de conducir?

Taxistas, repartidores, comerciales, conductores profesionales viven literalmente en la carretera.

Pero no necesariamente tienes que ser un conductor profesional, basta con que no puedas conducir para que te quedes en el paro.

Entonces, si te citan para un juicio rápido ¿tengo que reconocer los hechos, entregar el carnet de forma inmediata y, por tanto, perder mi trabajo?

Quizá merezca la pena no reconocer los hechos en el juzgado de instrucción e ir a un juicio penal en unos meses. Pues, antes de ese otro juicio, también su letrado podrá reunirse con el fiscal y negociar una pena para usted.

Pero pongámonos en que el día del juicio rápido usted no se conforma, se celebra en unos meses un juicio penal, y es condenado.

Podrá no obstante, recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial mediante el correspondiente recurso de apelación. Otros cuantos meses más.

Haciendo cuentas, usted habrá ganado casi un año (o incluso más) lo que le da un tiempo valiosísimo para repensar su futuro laboral y tomar la mejor decisión.

Retirada del carnet los fines de semana

Si me retiran el permiso de circulación ¿puedo cumplir la pena solo los fines de semana?

La respuesta es afirmativa; ahora bien, deben darse una serie de requisitos y, además que el Juzgado lo permita.

¿Qué sucede si soy extranjero y me condenan por un delito de alcoholemia?

Si eres extranjero y estás a la espera de que te concedan la nacionalidad o quieres renovar un permiso de residencia tienes un grave problema si te citan para un juicio por alcoholemia.

La razón es sencilla, si te condenan, se te van a generar antecedentes penales y eso no es nada bueno.

Supondrá que no te den la nacionalidad española o que no te renueven el permiso.

¿Qué hacer? Jugar con los tiempos para intentar conseguir bien la nacionalidad, bien el permiso de residencia ANTES de que te condenen.

Es decir, no aceptes la conformidad, no reconozcas los hechos en el juzgado de instrucción. Ve al juzgado penal, y luego a la Audiencia Provincial mediante el recurso de apelación.

Al final, si te condenan pero no te fastidian la nacionalidad o la residencia, habrá valido la pena luchar por ello.

Pagas por ganar tiempo, sabiendo que, probablemente, vayas a ser condenado.

Accidente de tráfico con alcohol

No obstante no es lo mismo que te paren en control y des positivo que tener un accidente y que te hagan la prueba dando el mismo resultado. Las consecuencias penales son mucho más severas en el segundo caso, sin importar la tasa que indique el alcoholímetro. Piensa que el seguro no se hará cargo de los daños materiales o personales que produzcas a terceros, tendrás que pagarlos de tu bolsillo.

Conducir vehículos a motor y ciclomotores

Este delito no solo afecta a conductores de automóviles, sino también a aquellos que manejan motocicletas y ciclomotores. El consumo de alcohol puede afectar el equilibrio y los reflejos de los conductores, lo que aumenta el riesgo de accidentes en la carretera.

Es importante tener en cuenta que la tasa de alcoholemia permitida para los conductores de motocicletas y ciclomotores es la misma que para los conductores de automóviles. Por lo que es esencial tomar las precauciones necesarias antes de conducir cualquier tipo de vehículo.

En este delito, se considera un agravante si el conductor de un ciclomotor por un tiempo superior al permitido para conducir bajo los efectos del alcohol.

Sustáncias estupefacientes:

No existe una relación directa entre el consumo de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas y el delito de alcoholemia. Sin embargo, en ciertos casos, las personas pueden estar bajo la influencia de ambas sustancias al mismo tiempo. Lo que puede aumentar el riesgo de accidentes y la gravedad de las lesiones en caso de siniestros viales.

Por lo tanto, las autoridades están alerta en la vigilancia de estas sustancias, y en muchos lugares, hay pruebas adicionales para detectar su presencia en la sangre del conductor.

Abogado en Alcoholemias:

En un delito de alcoholemia o contra la seguridad vial, el abogado penalista defensor tiene varias alternativas para que el conductor no sea condenado (sobre todo, si es reincidente o bien tiene condenas pendientes o antecedentes penales no cancelados), no obstante, toda línea de defensa o estrategia en estos delitos tiene que estudiarse detalladamente ya que no todos los delitos son iguales.

Usted ha sido detenido y llevado a comisaría:

Si hay daños en la vía urbana o han resultado heridos terceras personas, lo más normal es que los agentes le detengan y lo envíen a comisaría para, una vez allí, tomarle declaración policial. Solo pueden tenerle detenido el tiempo mínimo necesario para realizar el atestado policial que tenga como fin el investigar lo que ha ocurrido así como identificar al conductor de vehículo y/o acompañantes. Lo normal es que esta investigación policial debe ser ágil y rauda. Asimismo en las diligencias policiales se debe incluir la información al conductor detenido en comisaría, que le asista un abogado particular (preferentemente un abogado penalista especialista en delitos de tráfico y alcoholemias).

En el caso de que alguna de estas indicaciones no se haya producido, se entiende que se han socavado los derechos del conductor detenido. Esto supone que la prueba contra el investigado se declarará nula de pleno derecho a conducir vehículos, o bien todo el proceso judicial. Esto conlleva que la persona detenida sea absuelta con todos los pronunciamientos favorables.

Terminal etilómetro

Dicho terminal que hace la medición (por el que se sopla) y que expide los extractos con el resultado, que los agentes incluirán en el atestado y que será la prueba de cargo contra el conductor que usará el Fiscal y, en su caso, la acusación particular (si la hubiere), tener que haber sido revisado cada cierto tiempo, más precisamente, de manera anual. Si no hubiera sido puesto a punto una vez al año, y se han venido practicando pruebas con dicho aparato medidor de alcohol, no será válido, puesto que no se encuentra al día. Dicho de otro modo, el abogado penalista tendrá que cuidarse mucho de revisar este hecho puesto que puede ser la diferencia entre ir a prisión o quedar libre. Salvo que exista alguna otra prueba en contra del conductor.

Prueba de alcoholemia

En dicha prueba se ha de soplar no una, sino dos veces, y no deben ser seguidas una de la otra. Entre “soplo” y “soplo” deben pasar por lo menos diez minutos; del mismo modo que si usted ha dado positivo en la prueba, el conductor tiene todo el derecho a efectuar otra prueba más que indique la tasa de alcohol en sangre o bien en la orina. De tal manera que dicha prueba pueda ratificar o no, el resultado del extracto del terminal etilómetro. Esta prueba que ratifica o no los resultados del etilómetro tiene un coste, y, a veces, no es gratuito para el conductor. Ya que si se confirma lo “dicho” por el etilómetro su coste lo abonará el conductor investigado.

No obstante ha de quedar claro y meridiano que la prueba del extracto del etilómetro es la prueba de cargo fundamental en contra del conductor por puede haber otras pruebas de cargo en contra que pueden ser tenidas en consideración por el Juzgado para acabar condenando por un delito contra la seguridad vial, puesto que, los policías serán llamados a declarar y, a buen seguro que declaran en contra del conductor, declarando que el conductor tenía los síntomas típicos de toda alcoholemia que veremos más adelante (nunca van en contra de lo que ponen en el atestado policial), además en el juicio rápido los agentes siempre, siempre ratifican delante del juez el atestado policial que trae como causa la instrucción del caso penal, lo que supone otra prueba en contra

Síntomas de la ingesta de alcohol

Lo que los agentes pondrán a buen seguro en el atestado y declararán en el juicio penal que se celebrará en breve será siempre lo mismo. Dirán que el conductor tenía la mirada enrojecida, un fuerte olor a alcohol, halitosis, que mostraba la cara enrojecida o colorada, que tenía el habla pastosa, que sus movimientos eran inapropiados, etc…

No obstante, todos esos síntomas no tienen porqué indicar que se ha cometido un delito contra la seguridad del tráfico, es decir, recuerden que el delito consiste en conducir BAJO LA INFLUENCIA, lo que quiere decir, que según las circunstancias físicas del conductor puede no haber ningún delito. Ahora bien, si se ha bebido una cantidad considerable de alcohol, en el juicio se debe demostrar que dicha cantidad de alcohol influyó o afecto en la conducción.

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